Publicar enlaces a material protegido NO es delito

jävi escribió esto un rato antes de cenar:

Esa es la conclusión más clara que se puede sacar del sobreseimiento del caso ShareMula. Un enlace no es más que metadatos, es decir, datos sobre datos, (una dirección asociada a un texto), y publicar metadatos, a día de hoy, no supone delito, aunque exista ánimo de lucro.

ShareMula es una de tantas webs que publica enlaces a la red eDonkey, (eMule), y que obtiene beneficio gracias a la publicidad, (molesta y odiosa), que muestran en sus páginas. Los responsables de ShareMula fueron parte de las “víctimas” de la redada contra el P2P en España, de la cual estamentos y autoridades presumían hace unos días.

El caso esta siendo defendido por David Bravo, (amigo del rapero Tote King), y Javier de la Cueva. Ellos explican la diferencia entre un enlace y su contenido del siguiente modo:

Un periódico contiene la programación de televisión, esto es, un enlace que permite que el ciudadano pueda descargarse una película de la televisión a través del aparato denominado “vídeo”. El enlace es la programación que hay en el periódico, el contenido lo emite la cadena de televisión. En el caso de las webs de enlaces ocurre idéntica circunstancia: la web tiene el enlace y el ciudadano, si dispone de un programa de descarga configurado para identificar los enlaces, puede poner su ordenador en contacto con los de otros ciudadanos a fin de descargar el archivo. Ni una sola de las 625 líneas del programa de televisión pasa por el periódico, ni un solo bit de la obra pasa por la web de enlaces.


En Derecho y Normas
explican algunas de las conclusiones de este caso para no abogados, es decir, en cristiano:

Por lo tanto en ningún caso esta ¿empresa? (Sharemula.com) ha reproducido las obras por que reproducir es:

“[…] la fijación directa o indirecta, provisional o permanente, por cualquier medio y en cualquier forma, de toda la obra o de parte de ella, que permita su comunicación o la obtención de copias.” (LPI art. 18)

Y sharemula no fijaba las obras en sus discos duros, servidores, etc., de tal forma que la obra quedase fijada en un determinado medio o soporte.

Tampoco las ha distribuido por que distribuir es:

“Se entiende por distribución la puesta a disposición del público del original o de las copias de la obra, en un soporte tangible, mediante su venta, alquiler, préstamo o de cualquier otra forma.” (LPI art. 19)

Por lo tanto está claro que en ningún caso los responsables de Sharemula.com pueden ser considerados autores de un delito contra la propiedad intelectual. Y lógicamente en este punto, las apreciaciones sobre el ánimo de lucro, el permiso de los titulares, etc. son innecesarias.

Por tanto la vía penal en este caso queda cerrada. No obstante…

Pero también queda abierta la vía administrativa si los responsables del sitio web no cumplía con la LSSICE, o con la LOPD, o con Hacienda, etc…

Lo seguro es que penalmente hay nada reprochable en la conducta de las páginas de identificadores de archivos P2P y de los usuarios.

De hecho Promusicae ya ha presentado un recurso.

Seguro que los webmasters de webs como vagos.es duermen más tranquilos ahora…

2 comentarios sobre “Publicar enlaces a material protegido NO es delito”

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  1. Descarga lo que quieras, pero no lo vendas » BlogAtClock.NET dijo:

    […] Ya quedó claro que publicar enlaces a material protegido no es delito, ahora también queda claro que descargar de esos enlaces tampoco supone ninguna ilegalidad. Más claro, agua. […]

  2. Descarga lo que quieras, pero no lo vendas » BlogAtClock.NET dijo:

    […] Ya quedó claro que publicar enlaces a material protegido no es delito, ahora también queda claro que descargar de esos enlaces tampoco supone ninguna ilegalidad. Más claro, agua. […]

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